Política

El Gobierno acelera la reglamentación de la Reforma Laboral

Sturzenegger y el secretario de Trabajo negocian los últimos detalles de la reglamentación de la reforma laboral ante una CGT atenta a los bruscos movimientos agresivos del gobierno.

El Gobierno nacional confirmó que esta semana publicará en el Boletín Oficial, para su entrada en vigencia, la reglamentación de la reforma laboral aprobada por el Congreso en la Ley Bases con los avales del ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger y el secretario de Trabajo, Julio Cordero.

En tanto, Sturzenegger adelantó que la reforma entrará en vigencia esta semana y destacó, entre los principales cambios, la eliminación de las multas y condonación de deudas a empleadores que tengan trabajadores sin registrar o la creación del fondo de cese que les permitirá a los empleadores y empleados firmar un convenio sustitutivo de la ley contrato de trabajo.

Esto mantiene en vilo a la Confederación General de Trabajadores, ya que, diversos sectores impulsarán un nuevo paro general si el gobierno reglamenta, por ejemplo, el causal de despido por protesta sindical dentro de una empresa.

La nueva norma aclara que el cambio de la indemnización por despido al convenio de un fondo de cese“no será obligatorio”, es decir, que si el sistema propuesto no resulta mejor para las empresas o los trabajadores “pueden optar por no adoptarlo” y continuar con el convenio actual.

Además, estarán contemplados los siguientes cambios en la reglamentación:

Licencia por embarazo: La persona gestante puede optar por reducir la licencia previa al parto a 30 días -período a partir del cual rige la prohibición de trabajar- y acumular los días restantes al período posterior.

Condonación de la deuda por capital e intereses por falta de pago de aportes y contribuciones de los siguientes conceptos: Ley 24.241 (Sistema Integrado Previsional Argentino); Ley 19.032 (Instituto Nacional para Jubilados y Pensionados); Ley 23.661 (Régimen Nacional de Seguro de Salud); Ley 24.013 (Fondo Nacional de Empleo); Ley 24.714 (Régimen de Asignaciones Familiares); Ley 22.250 (Registro Nacional de la Industria de la Construcción).

Extinción de la acción penal (Ley Penal Tributaria 27.430) y condonación de las multas, infracciones y sanciones correspondientes a la regularización.

Baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL – Ley 26.940), siempre y cuando se regularicen los trabajadores y se pague, de corresponder, la multa.

Ampliación del período de prueba: En los artículos 89 y 95 se propone extender a 6 meses el tiempo período de prueba que tienen los trabajadores en un nuevo puesto. Además, por convenio colectivo se puede ampliar hasta 8 meses en empresas de entre 6 y 100 trabajadores y hasta 1 año en empresas de menor tamaño (hasta 5 trabajadores). Durante ese tiempo, el trabajador puede ser despedido sin causa y sin indemnización por antigüedad.

Derechos previsionales: Los trabajadores que sean regularizados por sus empleadores podrán computar hasta 60 meses de aportes previsionales, aunque hayan trabajado más años de manera informal. Estos cinco años no serán considerados para el cálculo del haber inicial de la jubilación.

Flexibilización de las relaciones laborales: Se incorporan la posibilidad de contratar empleados bajo la modalidad de colaboradores o de contratos de locación.

Nuevas causas de despido: Se incorporan como motivo de despido acciones que pueda llevar a cabo un trabajador en el marco de un conflicto colectivo en la empresa, como participar en bloqueos o tomas de establecimientos; obstrucción del ingreso o egreso al establecimiento y la afectación de la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza.

Indemnización especial por despido discriminatorio: La nueva legislación establece una indemnización adicional de entre un 50% y un 100% de la indemnización por antigüedad en casos de despido por motivos de discriminación. Elimina la posibilidad de que la Justicia ordene la reinstalación del trabajador en su puesto.

Tercerización laboral: Se elimina la prohibición a los empleadores de contratar a través de empresas de servicios temporarios o agencias de colocación en el caso del trabajo agrario.

Funcionamiento de sindicatos: El artículo 84 excluye a las asociaciones sindicales como posibles denunciantes de la falta de registración de las relaciones laborales. Solo lo podría denunciar el trabajador.

¿Quién es Julio Cordero?

Julio Gabriel Cordero, recibido como abogado laborista en la Universidad Católica Argentina, ingresó tras la impestiva salida de Omar Yasín -luego del escandaloso aumento del presidente Milei a sí mismo y su gabinete-, ex vicepresidente del departamento de Política Social de la Unión Industrial Argentina y encargado del departamento jurídico laboral del grupo Techint.

El lobo de Techint es uno de los principales impulsores de una reforma laboral que “flexibilice los derechos laborales” y el DNU es su “caballo de troya”. Cordero se opone a la reducción de la jornada laboral a pesar de ser una tendencia mundial en expansión dentro del mercado laboral público y privado. En septiembre pasado criticó a los trabajadores por querer trabajar menos: “yo limito la jornada para que trabaje menos, ¿para qué? ¿O sea, está mal trabajar, estamos en contra del trabajo? ¿Para qué, para ir afuera a hacer qué? El límite dispuesto por la OIT es de 8 horas diarias o 48 horas semanales”.

En esa sintonía, la Confederación General de Trabajadores también salió a posicionarse y lo hizo en el reconocido evento de negocios que año a año organiza la Cámara de Comercio de los Estados Unidos en Argentina (AmCham Argentina), del cual participaron el Secretario General de la CGT, Héctor Daer, y el Secretario Adjunto y Secretario General de la UPCN, Andrés Rodríguez. Ambos dirigentes se mostraron abiertos a discutir una reforma laboral, aunque reforzaron su pedido para que los cambios fueran “consensuados”. Rodríguez expuso muy claramente el posicionamiento de la central obrera a debatir y consensuar una reforma laboral e incluso manifestó que se venía trabajando con Guillermo Francos, Ministro del Interior, una propuesta que había llegado a un 90% de acuerdo en diciembre del año pasado, pero que no fue la presentada por el ejecutivo en el DNU y en la fracasada Ley Ómnibus. Desde ese momento la central y el gobierno interrumpieron el diálogo.

¿Puede un lobo cuidar las ovejas? Con solo repasar sus posicionamientos y su trayectoria en defensa de los patrones, a nadie le puede sorprender el ataque a los derechos laborales y sindicales de este lobo con piel de cordero.